La fecha límite para presentar este plan a la autoridad ambiental del Huila vence el próximo 17 de abril de 2016.
Un llamado de urgencia realizó la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena CAM a los sectores productivos del Huila para que presenten los planes de reconversión a tecnologías limpias en gestión de los vertimientos.
El plazo para presentar este plan a la autoridad ambiental del departamento vence el próximo 17 de abril de 2016.
La Resolución 631 de 2015 estableció una serie de lineamientos que deben cumplir los sectores que desarrollan diferentes actividades productivas que generan vertimientos a las aguas.
Estas actividades vinculan a los sectores de hidrocarburos, plantas de beneficio animal, industriales, procesamientos agroindustriales, entre otras, que generan vertimientos a las aguas de las fuentes hídricas.
“Lo que queremos destacar es que el Gobierno Nacional expidió lo que llamamos el decreto único reglamentario del sector ambiental y desarrollo sostenible que es el 1076 de 2015, documento compilatorio de todos los decretos ambientales que define unos escenarios para que se establezcan unos planes de reconversión a tecnologías limpias en gestión de los vertimientos a los sectores productivos”, explicó Juan Carlos Ortiz Cuéllar, subdirector de Regulación y Calidad Ambiental de la CAM.
Una vez los sectores productivos presenten estos planes, la Corporación tiene un plazo de tres meses para revisarlos y dar su concepto.
“Queremos transmitir a todos los sectores productivos del departamento que a partir de la Resolución 631 del año 2015 se fijó un plazo de un año para que esos planes fueran presentados a las corporaciones, fecha que vence el próximo 17 de abril del 2016”, añadió el funcionario.
De acuerdo con Ortiz Cuéllar, si los sectores productivos presentan los planes antes del 17 de abril de 2016, tendrán la posibilidad ampliársele hasta en 3 años la ejecución de dicho plan.
“Es una oportunidad muy valiosa que deben aprovechar los sectores productivos del departamento para que puedan acogerse a la resolución 631 de 2015 que establece los parámetros físico químicos que deben tener sus aguas residuales para contar con un permiso de vertimientos”, precisó el subdirector.
Los Planes
Los planes deben contener descripción de la actividad industrial, comercial o de servicio, objetivos generales y específicos, alcances del plan, caracterización de las aguas residuales antes del sistema de tratamiento, carga contaminante de las aguas residuales antes del sistema de tratamiento, definición precisa de los cambios parciales o totales de los procesos de producción, el estimado de la reducción de las cargas contaminantes por unidad de producto, descripción técnica de los procesos de optimización, recirculación, reúso del agua, plazo y cronograma y el presupuesto del proceso de reconversión.