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Entidades a elaborar Plan de Gestión del Riesgo por fenómeno de El Niño

La autoridad ambiental del Huila definió los términos de referencia que las entidades deben presentar para elaborar el Plan de Gestión del Riesgo de Desastres por fenómeno de El Niño. El plazo vence el 31 de enero de 2019.

REUNIÓN SECTOR PISCICOLA 2

La Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena-CAM, definió los términos de referencia que los entes territoriales, empresas prestadoras de servicio de acueducto, empresas administradoras de acuerdos regionales y el sector piscícola del Huila, deben seguir para la elaboración del Plan de Gestión del Riesgo de Desastres, relacionados con el uso y ahorro eficiente del recurso hídrico con ocasión del Fenómeno de El Niño.

La formulación de estos términos de referencia, están basados en lo establecido en el decreto 2157 de 20 de diciembre de 2017, expedido por el departamento administrativo de la Presidencia de la República.
 
“Cada entidad debe entregar el Plan de Gestión del Riesgo de Desastre al respectivo Consejo Municipal de Gestión del Riesgo a más tardar el día 31 de enero de 2019, con copia del oficio remisorio a la CAM”, explicó Carlos Andrés González Torres, subdirector de Regulación y Calidad Ambiental de la CAM.
 
Términos de referencia
El documento a presentar debe tener información preliminar como objeto, alcance y las definiciones. En el conocimiento del riesgo hay que establecer el contexto, la valoración del riesgo y el monitoreo del riesgo.
 
En el componente de reducción del riesgo se debe establecer la intervención correctiva, la intervención prospectiva y la protección financiero.
 
Y en el manejo de desastre hay que contemplar la preparación para la respuesta, la ejecución de la respuesta y el plan de inversión.
 
Sector piscícola
En cuanto al sector piscícola, de acuerdo con la Agenda Ambiental en sus criterios y definición de lineamientos para el desarrollo de la actividad en jurisdicción de la CAM, se establecieron los términos de referencia del plan de contingencia y prevención de riesgos y mortalidad, el cual incluye: Plan de contingencia de mortalidad, Plan de acción ante contingencia por manejo de residuos sólidos, estrategias para la respuesta, emergencias sanitarias, emergencias sísmicas, emergencia contra incendios y servicios de emergencias más cercanos.
 
Las empresas piscícolas deben integrar el Plan de Gestión de Riesgo de Desastres con los sistemas de gestión de su entidad-. Así mismo, suministrar la información pertinente para ser incorporada por el ente territorial en sus planes de gestión del riesgo de desastres y su estrategia de respuesta a emergencias. Por último, el documento debe entregarlo al Consejo Territorial de Gestión de Riesgo correspondiente para su adecuada articulación y armonización territorial, sectorial e institucional.
 
La socialización y comunicación de este plan de gestión del riesgo busca promover el aumento de la conciencia ciudadana, la participación, la sensibilización, la corresponsabilidad social de las estrategias definidas. Así mismo, esta etapa debe ser un mecanismo de consulta de aspectos relacionados con causas, consecuencias y medidas reconocidas para tratar el riesgo.
 
Aprovechamiento forestal
En cuento a los permisos de aprovechamiento forestal, se exceptúan de dicha suspensión los aprovechamientos de árboles aislados y domésticos, los cuales deberán de tramitarse ante esta Corporación.

 

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